El futuro inquieta mucho a los españoles que, preocupados por aportar tranquilidad económica a sus seres queridos ante circunstancias difíciles,  valoran cada vez más el seguro de vida en cualquiera de sus modalidades.

Con un coste reducido, el seguro de vida que propone Assiteca proporciona una amplia cobertura en situaciones delicadas para el trabajador y sus familias, complementando las prestaciones actuales de la Seguridad Social por viudedad, orfandad o invalidez.

El seguro de vida garantiza una prestación a los empleados o sus beneficiarios en situaciones de fallecimiento o invalidez en sus distintos grados. Puede cubrir a todos los miembros del colectivo (innominado) o a una parte  (nominado).

Es anual, renovable, y vence cuando el empleado alcance los 65/70 años o cese su relación laboral con la empresa. La garantía principal es la prestación en caso de fallecimiento por cualquier causa.

Garantías complementarias:

  • Prestación en caso de invalidez permanente absoluta
  • Prestación en caso de incapacidad permanente total para la profesión habitual
  • Doble prestación en caso de fallecimiento por accidente
  • Triple prestación en caso de fallecimiento en accidente de circulación
  • Doble prestación en caso de invalidez permanente absoluta por accidente

Opción Vida Ahorro

Garantiza una prestación a los empleados al alcanzar  la edad de la jubilación.

Proporciona un paquete retributivo ligado a la jubilación muy apreciado por los empleados. Puede  cobrarse en forma de capital y en forma de renta.

Se diseña a la medida de cada colectivo para obtener la máxima rentabilidad y el mejor tratamiento fiscal.

Descubra las ventajas del seguro colectivo de Vida

  • Beneficio muy valorado por los empleados: ayuda a favorecer el clima laboral y fideliza al empleado
  • Primas más económicas: con ahorros de hasta un 20% respecto a las pólizas individuales
  • Póliza sencilla de contratar y ágil de gestionar, tanto las renovaciones como las altas y bajas.
  • La empresa puede deducir la prima como gasto en el impuesto de sociedades
  • El pago puede realizarse de forma conjunta por la empresa, o individualizada si la adhesión es voluntaria.
  • En el seguro colectivo nominado, los capitales asegurados para cada prestación pueden definirse para cada uno de los asegurados, pudiendo fijarse en función de variables objetivas, módulos o de libre elección.
  • No requiere revisión médica: es suficiente con cumplimentar un cuestionario.