Confiar en una correduría de seguros significa contar con un consultor para una gestión integral de riesgos y tener acceso a los productos más innovadores y completos del mercado.
La correduría de seguros ejerce profesionalmente una actividad de intermediación entre clientes y compañías de seguros, con las que no tiene ningún tipo de compromiso. Esta libertad permite al bróker comparar y elegir las soluciones de seguros que mejor se adaptan al cliente, tanto en términos económicos como de las coberturas ofrecidas.
¿Cómo trabaja una correduría de seguros?
La correduría realiza por cuenta del cliente un análisis de riesgos. A partir de este estudio, identifica las soluciones de seguros más completas para cada empresa. En el ejercicio de su actividad, no es un simple intermediario, pero si un claro “solucionador de problemas” para su cliente, ya que cuenta con las características del profesional, del consultor y del empresario. Elabora un proyecto de seguros coherente y adaptado a las necesidades concretas del cliente y obtiene las mejores condiciones, al contrastar las propuestas de diferentes compañías de seguros. La relación de confianza continúa más allá de la consultoría inicial, y se consolida en la gestión de la cartera de las pólizas.
Los servicios de la correduría de seguros son gratuitos para el Cliente, ya que están remunerados por las Compañías de Seguros, regulándose en acuerdos de colaboración, a través de comisiones en función de las primas intermediadas.
¿Qué beneficios comporta?
La empresa que cuenta con un bróker de seguros puede rentabilizar mejor sus recursos internos, además de reducir costes. La capacidad técnica, el poder de negociación con las Compañías para obtener primas más ventajosas, la constante búsqueda de soluciones innovadoras a los problemas de seguros, así como una monitorización constante del mercado asegurador, hacen que el bróker ofrezca al cliente una continua y sustancial mejora de las condiciones técnicas y económicas.
¿Qué garantías aporta?
La actividad que realizan las corredurías o brókeres de seguros está regulada por la Ley de Mediación 26/2006 del 17 de julio, con el órgano de supervisión DGSFP (Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones).